Pérdida de la membresía
Situaciones que pueden afectar la membresía de una iglesia
La membresía en la Convención Evangélica Bautista del Paraguay implica el compromiso voluntario de participar activamente en la vida de la institución, cooperando con sus principios, ministerios y responsabilidades.
El Estatuto contempla determinadas situaciones que pueden producir la pérdida de la membresía. En todos los casos, la CEBP procura actuar con responsabilidad, diálogo y espíritu fraternal, buscando preservar la comunión entre las iglesias.
Renuncia voluntaria
Deserción de hecho
Exclusión
Renuncia voluntaria
Una iglesia miembro podrá retirarse libremente de la Convención mediante una comunicación formal dirigida al Comité Ejecutivo.
La renuncia será informada a la Asamblea General conforme a las disposiciones estatutarias vigentes.
Deserción de hecho
El Estatuto considera que podrá verificarse la deserción de una iglesia cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
- Falta de cooperación financiera con el Plan Cooperativo durante veinticuatro (24) meses.
- Ausencia de Mensajeros Convencionales en dos Asambleas Ordinarias consecutivas.
Estas circunstancias podrán dar lugar al inicio del procedimiento previsto por el Estatuto.
Exclusión
La exclusión constituye una medida excepcional y podrá recomendarse cuando exista un manifiesto abandono de la fe, doctrina o prácticas distintivas de una Iglesia Bautista.
Antes de elevar cualquier recomendación a la Asamblea General, el Comité Ejecutivo procurará mantener instancias de diálogo, acompañamiento y restauración con la iglesia involucrada.
La decisión final corresponde exclusivamente a la Asamblea General.
¿Puede una iglesia volver a formar parte de la CEBP?
Las iglesias que hayan perdido su membresía podrán solicitar su reincorporación siguiendo el procedimiento establecido por el Estatuto vigente.
